Universalización de Facturación Electrónica: plazo para restantes contribuyentes de IVA
Se establece como plazo de incorporación al régimen de Factura Electrónica el 31 de diciembre de 2024. Resolución N° 2548/2023.
La universalización de la facturación electrónica está cumpliendo su fase final, luego de un proceso gradual de más de 10 años en que un gran número de contribuyentes se ha ido incorporando tanto en forma voluntaria como preceptiva. La facturación electrónica alcanza actualmente el 98% de la documentación emitida.
Continuando con este proceso, la Resolución N° 2548/2023, que modifica las recientes Resoluciones N°2389/2023 y N° 2390/2023, establece nuevo plazo al 31/12/2024 para la incorporación al régimen de Facturación Electrónica del resto de los contribuyentes de IVA. Asimismo, a partir del 01/01/2025, los contribuyentes del IVA deberán adquirir la calidad de emisor electrónico desde que se inscriban, reinicien actividades, o se constituyan en contribuyentes del mencionado impuesto.
De esta forma, a partir del 1/1/2025 serán emisores electrónicos todos los contribuyentes de IVA, incluso de IVA Mínimo, con algunas excepciones puntuales:
los que desarrollen exclusivamente actividades agropecuarias y obtengan el ejercicio ingresos inferiores a 4 millones de UI. quienes realicen exclusivamente actos de agregación de valor en la construcción sobre inmuebles. contribuyentes del Impuesto a las Rentas de los No Residentes.
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