Incorporación pequeños contribuyentes a facturación electrónica.

Beneficios fiscales para facilitar el ingreso de pequeños contribuyentes al sistema de facturación electrónica.

Para facilitar la incorporación al sistema de facturación electrónica los contribuyentes de menor capacidad económica recibirán  80UI de crédito fiscal (hasta el 31/12/2024 - Decreto 1320/023 https://www.efactura.dgi.gub.uy/files/decreto-1320-023?es)

BENEFICIO

80 UI mensuales de crédito fiscal a la cotización del 1 de Enero de cada año.

En 2024 5,8743*80 = $ 469.94

DURACIÓN

Servicios de facturación electrónica recibidos entre el 1 de Noviembre de 2019 y el 31 de Diciembre 2024.
Decreto que extiende el plazo del beneficio fiscal

BENEFICIARIOS:

  1. Empresas que Inicien actividades.
  2. Las empresas comprendidos en literal E.
  3. Las empresas con ventas inferiores a 750.000 UI en el ejercicio anterior a la aplicación del beneficio fiscal.
  4. El crédito se genera a partir del mes que la empresa es declarada emisor electrónico por DGI  (Resolución Nº298/2020)

UI 750.000 (unos 4.405.725 anual o 367.144 mensuales)

LIMITANTES:

  1. Los servicios deben ser prestados por un proveedor que cumpla con los términos y condiciones que establezca la Dirección General Impositiva.

Se adjunta el texto completo del decreto 2509 del Ministerio de Economía y Finanzas del 22 de Julio 2019.


Consulte el siguiente artículo para conocer los pasos que debe seguir para la obtención de este beneficio: