Beneficios fiscales para facilitar el ingreso de pequeños contribuyentes al sistema de facturación electrónica.
BENEFICIO
80 UI mensuales de crédito fiscal a la cotización del 1 de Enero de cada año.
En 2024 5,8743*80 = $ 469.94
DURACIÓN
BENEFICIARIOS:
- Empresas que Inicien actividades.
- Las empresas comprendidos en literal E.
- Las empresas con ventas inferiores a 750.000 UI en el ejercicio anterior a la aplicación del beneficio fiscal.
- El crédito se genera a partir del mes que la empresa es declarada emisor electrónico por DGI (Resolución Nº298/2020)
UI 750.000 (unos 4.405.725 anual o 367.144 mensuales)
LIMITANTES:
- Los servicios deben ser prestados por un proveedor que cumpla con los
términos y condiciones que establezca la Dirección General Impositiva.
Se adjunta el texto completo del decreto 2509 del Ministerio de Economía y Finanzas del 22 de Julio 2019.
Consulte el siguiente artículo para conocer los pasos que debe seguir para la obtención de este beneficio: