Para la implementación práctica de la resolución de DGI 1264/2023 referente a la facturación de servicios de soporte vinculados al desarrollo de Software propio acogidos a la exoneración de IRAE, en el detalle deberá incluirse la leyenda
“Servicios exonerados, literal S artículo 52 Título 4”.
Esta leyenda podrá agregarse en forma manual en la descripción ampliada del ítem que se factura.
A efectos de evitar errores y automatizar la tarea hemos incluido en la ficha de artículos (Menú-Mantenimiento-Artículos) la posibilidad de indicar en descripción ampliada el texto correspondiente a la exoneración.