¿Cuáles son los pasos a cumplir para ser emisor electrónico?

¿Cuáles son los pasos a cumplir para ser emisor electrónico?

Los pasos a cumplir para que la empresa sea declarada emisor electrónico son:

CONTRATACIÓN DEL SERVICIO
Completando este formulario la empresa contrata formalmente los servicios de Nervus SRL para la postulación, tramitación de la firma digital ante ABITAB, certificación de los datos por escribano público, homologación y puesta en producción.


Realizados estos pasos, definida la fecha en que se desea ser emisor electrónico y disponiendo de clave de servicios en línea de DGI estamos en condiciones de realizar la postulación y planificar la homologación de la empresa.


POSTULACIÓN:
El primer paso requerido (y es a este paso al que se refieren los plazos establecidos por DGI) es la postulación ante DGI, una tarea para la que es necesario contar con contrato de adhesión web y acceso a servicios en línea de DGI.

Para poder hacer la postulación, la empresa debe contar con contrato web en DGI
Una vez postulada la empresa y realizado el pago de la firma digital en ABITAB estamos en condiciones de realizar la homologación en un plazo máximo de 10 días hábiles.

HOMOLOGACIÓN:
Si bien DGI otorga hasta 6 meses de plazo para realizar las tareas de homologación, en eFactura.info la realizamos en un plazo de 10 días.

En caso que la empresa desee dilatar el proceso, otorgamos hasta un máximo de 4 meses. Durante este período la empresa dispone de un sitio de prueba, manuales y apoyo para realizar la capacitación de su personal.

PRODUCCIÓN
Una vez recibida la resolución por la que DGI declara a la empresa emisor electrónico configuramos el sitio de producción y apoyamos a la persona responsable del proyecto para la carga de las correspondientes Constancias de Autorización de Emisión (CAEs), disponer la recepción de las compras realizadas a emisores electrónicos y comenzar la facturación (para lo cual dispone de hasta 4 meses).

Las resoluciones por las que DGI declara a una empresa Emisor electrónico, siempre rigen a partir del mes siguiente a la resolución.
A partir de que la empresa es declarada emisor electrónico dispone de hasta 4 meses para empezar a facturar.